¿ONGs en reemplazo del JNE?
¿ONGs en reemplazo del JNE?
Pero está demostrado que el apetito de muchas de ellas no tiene límites, ya que con presión y dinero consiguieron ganar status de observadores electorales. Así, el Título XIII, Cap. 1, Arts. 336 al 340, de la Ley Nº 26859 (Ley Orgánica de Elecciones), señala que las ONG que cumplan determinados requisitos pueden participar como observadores. Sin embargo en ningún caso siquiera se sugiere que pueden imponer al JNE pactos éticos o tribunales de honor.